LAS CONSECUENCIAS QUE TRAERÁ LA NUEVA LEY DE GLACIARES: Pérdidas de reservas de agua dulce, Inundaciones, Obras Hidráulicas no funcionales y mas caras, contaminaciones del recurso hídrico … entre otras

Para entender el contexto, la Ley de Glaciares del 2010 (Ley Nº 26.639), protegía los glaciares  y, como parte del mismo,  una superficie  que se conoce como  ambiente periglacial, que consiste enzonas con suelos congelados o saturados de hielo que regulan el agua.

Dicha ley poseía artículos como el 6to donde prohibía sobre el glaciar y el perigracial actividades que los dañen, como ser liberación de contaminantes, construcción de obras, minería y explotación hidrocarburífera, instalación de industrias.

Con esta nueva Ley se reduce el ambiente periglacial, y esto, desde un punto de vista hidráulico, significará que tendremos menor capacidad de almacenamiento natural de agua dulce, cambios en escorrentía, mayor variabilidad hídrica e impacto en caudales base.

Al reducirse este ambiente, y atacarse con obras el mismo, lo que se hace es romper esa capa de suelo con agua congelada. Esa agua congelada que es parte de una reservade aguadulce que, cuando se dan las temperaturas adecuadas se van derritiendo gradualmente y escurriendo subterráneamente hasta encontrar un punto de salida  y vinculación con un curso de agua.

Si se altera el sector periglacial, lo que haremos no sólo será romper esa potencial reserva de agua, sino que además alteraremos esa superficie. Esta alteración de la superficie hará que, al descargarse lluvias, el escurrimiento será diferente, será más rápido, es decir, los caudales de escurrimiento serán mayores y entonces esto llevará a que las Obras Hidráulicas existentes aguas abajo no tendrán capacidad para soportar dichos caudales. Y esto se dará porque cambiarán los picos de crecidas, porque los tiempos de escurrimientos serán mucho menores, y esto, por ende, afectarán y dejarán expuestas la insuficiente capacidad de funcionamiento de obras hidráulicas que fueron diseñadas para un régimen hídrico diferente.

¿Cuáles podrán ser las consecuencias de esto? Para una mejor interpretación imaginemos una descripción paso a paso, empezando con los glaciares y sus respectivos ambientes periglaciales, los cuales, ante un aumento de temperatura ambiental, van liberando agua por deshielos, pero de un modo gradual, y esto va generando escurrimientos subterráneos y superficiales. Estos escurrimientos superficiales irán confluyendo en cursos de agua que, por sus características geográficas se los denominan ríos de montaña.  Esos ríos de montaña, cuando el desarrollo de los mismos  se encuentran fuera de los sectores glaciares y perigraciales, pueden ser aprovechados “aguas abajo” (en sectores de valles y “piedemontes”) para la generación de energía a partir de represas hidroeléctricas.

Con esta nueva Ley se podrán generar alteraciones por obras en los sectores periglaciales, es decir aguas arriba de las represas. Al alterarse ese equilibrio natural los escurrimientos por lluvias serán de mayor caudal, y esto hará que los embalses suban sus niveles en menos tiempo, hasta que llegue a su nivel límite en el cual deberán abrir las compuertas de sus vertederos. Esto significa que, por un lado, se desperdiciará agua y, por otro, esas aperturas podrán generar mayores inundaciones  aguas abajo.

En  el siguiente  infograma se podrá visualizar una serie de eventos cronológicos de aperturas de compuertas en correspondencia con diferentes represas hidroeléctricas, y cuyas  consecuencias fueron provocar inundaciones, con evacuados y/o afectados en respectivas ciudades ubicadas aguas abajo.

La reflexión que planteo a partir de esta cronología es: si con el estado actual ya se tuvieron inundaciones por aperturas de compuertas en ciudades ubicadas aguas abajo, ¿se imaginan cuáles serán los efectos cuando se alteren los glaciares?.

No quiero terminar este análisis sin exponer una somera estimación de cuantificación de las superficies de glaciares que estarán en riesgo. Esto fue volcado en una Tabla donde, su primer columna se corresponde con la Región en que se desarrolla, y las dos siguientes indican las Cuencas de aporte con sus áreas. Seguidamente la columna con las superficies que representan los glaciares, y luego como la de sus respectivos perigraciales que las conforman.

Luego se observan dos columnas sombreadas, la verde cuantifica las superficies protegidas con la actual Ley, y la amarilla las que podrán quedar de los glaciares con la nueva Ley.

Finalmente, dos columnas resúmenes. Por un lado  la correspondiente a la PERDIDA DE SUPERFICIE DEL GLACIAR (con un total de 24.200 (veinticuatro mil doscientos) km2), y finalmente los porcentajes de pérdidas de superficies que podrán sufrir cada glaciar.

Para cuantificar esta pérdida latente de superficie que podrá generarse, me pareció oportuno compararla con la superficie de CABA, y eso lleva a una magnitud equivalente a nada menos que a 119 veces la misma.

CLAUDIO VELAZCO

ING. HIDRÁULICO Y CIVIL

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